Micelio
Auto14 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante --·Demandado Martinez Rivas Yoned

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Subjetivo-No Se Configuró Una Violación De Derechos Humanos Que Legitimen A La Fiscalía Para Promover Un Conflicto Entre La Jurisdicción Ordinaria Y La Jurisdicción Penal Militar.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre la Fiscalía 004 Seccional de Vida de Quibdó y el Juzgado 148 de Instrucción Penal Militar, causado por un proceso penal adelantado en contra de unos ciudadanos, patrulleros de la Policía Nacional, por la presunta comisión del delito de homicidio.

Al analizar el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, en este caso, no se configuró un conflicto de tal naturaleza.

Ello, por cuanto se observa que no se satisface el presupuesto subjetivo, debido a que la Fiscalía 004 Seccional de Vida de Quibdó no está legitimada para promover el conflicto ya que los delitos de homicidio y de tentativa de homicidio, objeto de la investigación, no son catalogados por sí solos como conductas punibles que impliquen posibles graves violaciones a los derechos humanos, de acuerdo con los criterios definidos por la jurisprudencia constitucional.

La Sala se declara inhibida para pronunciarse sobre el asunto y resuelve remitir el expediente a la Fiscalía 004 Seccional de Vida de Quibdó para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la controversia planteada frente a la competencia jurisdiccional dentro del proceso penal que se adelanta en contra de Yoned Martínez Rivas y Efrén Flórez Pérez, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y de tentativa de homicidio.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7119 a la Fiscalía 004 Seccional de Vida de Quibdó para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 148 de Instrucción Penal Militar y a los sujetos procesales e intervinientes en este trámite.
  3. TERCERO. EXHORTAR a la Fiscalía 004 Seccional de Vida de Quibdó a tramitar el presente asunto de conformidad con los principios de celeridad y plazo razonable y evitar demoras excesivas en la remisión de expedientes por falta de competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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